Claves de la reforma en permisos e impacto ambiental (Resumen Ejecutivo)

  • Reducción de plazos y silencio administrativo en el SEIA: Se fija un plazo fatal de 30 días hábiles para resolver reclamaciones de DIA y se incorpora el silencio administrativo negativo (se entenderá rechazado si la autoridad no resuelve en 5 días tras vencido el plazo).
  • Límite estricto a las medidas cautelares (Ley 20.600): Las suspensiones de RCA favorables tendrán una duración máxima inicial de 30 días corridos, con un tope absoluto improrrogable de 6 meses para cualquier paralización decretada por Tribunales Ambientales.
  • Silencio administrativo positivo ante hallazgos arqueológicos (CMN): Plazo de 20 días hábiles para intervenciones menores no vinculadas a restos humanos.
  • Acotamiento de la invalidación administrativa (Ley 19.880): El plazo para invalidar actos administrativos se reduce de 2 años a 1 año.
  • Blindaje de la RCA (Nuevo Art. 24 bis): Se prohíbe la aplicación supletoria de recursos administrativos generales de la Ley 19.880 contra las Resoluciones de Calificación Ambiental.

Chile registró un récord de US$37.924 millones en proyectos ingresados al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) entre marzo y julio de 2026. En este contexto, y mientras continúa la discusión del Proyecto de Ley de Reconstrucción Nacional, que contempla diversas medidas para agilizar la tramitación de permisos, BNamericas analizó el alcance de estas reformas.

Nuestro socio Miguel Aylwin Fernández fue consultado por el medio para explicar las principales modificaciones que propone el proyecto en materia ambiental, abordando cambios al SEIA, nuevos plazos para la resolución de reclamaciones, un régimen especial de tramitación ambiental y ajustes destinados a otorgar mayor certeza y eficiencia en la evaluación de proyectos.

«El proyecto de reconstrucción aborda nudos críticos de la permisología que han encarecido la inversión en Chile. La fijación de topes estrictos a las medidas cautelares de paralización de obras y la incorporación de silencios administrativos reducen la discrecionalidad estatal; sin embargo, trasladan la exigencia hacia los titulares de proyectos, quienes deberán asegurar una debida diligencia técnica y ambiental impecable desde el origen para resistir el escrutinio ex-post.»

— Miguel Aylwin, Socio de Aylwin Matta Abogados.

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