Impacto de la Ley N°21.800 en Infraestructura y Construcción (Resumen Ejecutivo)
- Régimen estricto de autorizaciones: Regula de forma integral la extracción en cauces naturales y pozos lastreros, exigiendo autorizaciones técnicas previas de la Dirección de Obras Hidráulicas (DOH-MOP) y permisos municipales coordinados.
- Trazabilidad exigible a contratistas: Los titulares y empresas constructoras de proyectos de infraestructura pública y privada deben acreditar el origen legal y planes de manejo de todos los áridos utilizados.
- Sanciones y tipificación penal: Se agravan las multas administrativas y se incorporan sanciones penales para faenas clandestinas o no autorizadas, elevando el riesgo regulatorio y de compliance en el sector construcción.
El 25 de febrero de 2026, se publicó en el Diario Oficial la Ley N°21.800, que regula la extracción de áridos, incorporando nuevas exigencias en materia de trazabilidad, certificado de origen, tipificación de delitos y entrega mayores facultades de fiscalización para la Dirección General de Aguas. Su entrada en vigencia está prevista para el 25 de febrero de 2027.
En este enfoque, analizaremos cómo afecta esta nueva ley al desarrollo de obras públicas, considerando que la ley orgánica del Ministerio de Obras Públicas (MOP), contenida en el DFL N°850 de 1998, dispone de normas especiales respecto a estos proyectos y la extracción de áridos.
Para más información, por favor contactar a Alexander Kliwadenko Richaud, Rodolfo Guerrero o Francisca Ugalde Silva, integrantes del equipo equipo del área Proyectos, Infraestructura y Construcción de Aylwin Matta.