La publicación de País Circular en que se analiza analizan el fallo que anuló el decreto de metas de la REP para Aceites Lubricantes Usados consultó la opinión de nuestro socio Martín Aylwin Fernández.

«El tribunal no controvierte las metas de recolección y valorización».

En una entrevista publicada por País Circular el 01/09/2026, nuestro socio Martín Aylwin Fernández analizó el fallo que anuló el decreto REP de aceites lubricantes usados.

El Decreto Supremo N° 47 del Ministerio del Medio Ambiente fijaba las metas de recolección y valorización de aceites lubricantes usados, uno de los siete productos prioritarios que regula la Ley de Responsabilidad Extendida del Productor. Las metas debían comenzar a regir en enero para los productores. El decreto se publicó en el Diario Oficial en noviembre de 2024 y, un mes después, tres empresas lo reclamaron ante el Segundo Tribunal Ambiental. El 6 de agosto, el tribunal acogió dos de las tres reclamaciones y anuló totalmente el decreto.

El tribunal detectó ilegalidades en dos puntos. El primero, la restricción parcial a los Sistemas de Gestión Individuales, que solo podían cumplir las metas con los aceites que ellos mismos introdujeran al mercado: la consideró insuficientemente fundada. El segundo, que el decreto otorgaba a los comercializadores la facultad de valorizar por sí mismos o a través de gestores, una facultad que la ley no les reconoce. Además, ordenó al Ministerio dictar, en el plazo más breve posible, un nuevo decreto que subsane esos vicios. El Ministerio informó que analiza los alcances del fallo y que trabaja en uno nuevo; mientras tanto, la fecha de inicio de las metas quedó postergada y en suspenso.

Martín, quien trabajó en el Ministerio del Medio Ambiente entre 2016 y 2018, califica la sentencia como equilibrada: «El tribunal no controvierte las metas de recolección y valorización». Explica que el tribunal no niega la facultad del Ministerio de restringir a los Sistemas Individuales de Gestión; lo que cuestiona es cómo la ejerció. A su juicio, la restricción se apoyó en consideraciones de libre competencia sin respaldo suficiente, y el Ministerio debía justificarla con una motivación propia y técnica.

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